Lucha por el Contrato Colectivo de Trabajo, entre la Empresa de Teléfonos Ericsson y el Sindicato de obreros y Empleados de la Empresa de Teléfonos Ericsson en 1928.

Con la recuperación de los bienes de la Compañía Telefónica y Telegráfica Mexicana, trabajadores y propietarios de ésta, acordaron firmar a mediados de 1926 un Contrato Colectivo de Trabajo, cuyo contenido para su tiempo, estableció prestaciones de carácter social bastante favorables para los trabajadores.

Con estos antecedentes, los telefonistas de la Compañía de Teléfonos Ericsson en el Distrito Federal, decidieron hacer suya la demanda de un Contrato Colectivo, para lo cual en octubre de 1927 acordaron enviar a la Empresa para su discusión un proyecto de Contrato Colectivo, por lo que, según los trabajadores, las pláticas dieran inicio en noviembre del mismo año, viéndose obstaculizadas por las agresiones que la Empresa hacia al Sindicato, perteneciente a la Confederación General de Trabajadores.

En principio, la empresa telefónica intentó provocar enfrentamientos entre los mismos trabajadores, ya que la Ericsson dió su apoyo a un Sindicato Católico y, más tarde, despidió a varios de los telefonistas que habían presentado el proyecto de Contrato Colectivo.

El 31 de marzo de 1928, los telefonistas de la Ericsson sorprendieron a la Empresa con un paro de labores para protestar por las agresiones y el autoritarismo promovido por la Ericsson.

La Empresa telefónica solicitó la intervención de las autoridades del Trabajo, por lo que la Junta de Conciliación y Arbitraje declaró ilegal el paro, en apoyo de su solicitud, la Ericsson se basaba en que según ella, los telefonistas no habían cubierto los requisitos señalados en la ley para realizar dichos actos de protesta. En consecuencia, los telefonistas tuvieron que regresar a sus puestos de trabajo y esperar ver resueltas sus demandas.

Las pláticas entre la Ericsson y sus trabajdores continuaron. El proyecto presentado por los telefonistas se discutió y únicamente había diferencias en pocos puntos, los cuales fueron puestos a consideración de la Junta Federal de Conciliación quién tardó en emitir su fallo, lo que obligó a los telefonistas a retirarse de las discusiones.

Poco tiempo después, la Ericsson recibió de la Junta Federal de Conciliación un avizo urgiéndola a resolver el conflicto con sus trabajadores, ya que éstos la presionaban para que resolviera el conflicto.

Las pláticas se reanudaron, sin embargo, el 22 de mayo se suspendieron nuevamente, cuando la Empresa se enteró de que que el Sindicato había entregado otro proyecto de Contrato Colectivo que no ratificaba los acuerdos del anterior documento. La Ericsson al retirarse de las pláticas, entregó a las autoridades la solución del problema.

La respuesta de los telefonistas no se hizo esperar, de inmediato informaron a la Empresa que, como el tiempo transcurria y no se había podido llegar a ningún acuerdo y en señal de protesta por la negativa de la Ericsson de aceptar el nuevo documento, se declararían en huelga. Una vez más la Junta Federal de Conciliación intervino evitando que la huelga estallara, al resolver que el conflicto se llevara al arbitraje.

El 14 de julio la Junta de C. y A. emitió el dictamen en el sentido de poner en vigor el proyecto presentado por los telefonistas de la Ericsson, la respuesta de la Empresa fue contraria al proyecto, ya que argumentó que éste contenía puntos que no habían sido discutidos. Un día después, los trabajadores enviaron a la Empresa un documento en donde advertían que de no dar una respuesta, ya fuera positiva o negativa, en un plazo de 24 horas, lo tomarían como que no había sido aceptado.

No hubo respuesta de la Empresa, por lo tanto, el 15 de agosto los telefonistas emplazaron a huelga a la Ericsson, otorgándole los 10 días que la ley exigía por tratarse de servicios públicos. Los telefonistas solicitaron la puesta en vigor del contrato y la indemnización por los perjuicios recibidos. La Empresa telefónica interpuso de inmediato un amparo ante la Justicia Federal, por las resoluciones que la junta de Conciliación pudiera tomar.

Los telefonistas instalados en asamblea, acordaron el 25 de agosto estallar la huelga en contra de la Ericsson. La causa de esta resolución residía en que la empresa no había acatado el Laudo emitido por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

De inmediato, el Gobierno del Distrito Federal al enterarse del acuerdo de los telefonistas, urgió a la Junta Federal para que solucionara el conflicto. Las pláticas conciliatorias se reanudaron una vez más, pero no se logró ningún acuerdo que pusiera fín al conflicto, ya que la empresa telefónica se declaró incompetente para negociar la solicitud de un aumento en los salarios, participación en las utilidades, pago de indemnizaciones y pago por días de descanso, pues argumentaba que como la oficina matriz se encontraba en Estocolmo, era ella la de decidía sobre estos asuntos. En respuesta, los telefonistas estallaron la huelga el 26 de agosto a las dos de la tarde, con el apoyo de la Confederación General de Trabajadores.

Una vez iniciada la huelga, la Ericsson distribuyó una circular acusando al Sindicato de que en caso de firmarse el proyecto de Contrato Colectivo que proponía, serían despedidos los trabajadores no pertenecientes al Sindicato. Al mismo tiempo, señalaban que muchos de sus trabajadores no estaban de acuerdo con la propuesta de la agrupación sindical y por ello se oponían a la firma del Contrato Colectivo, hecho que los llevó a solicitar otro amparo.

Los telefonistas respondieron a las acusaciones aclarando que no pedían la destitución de los trabajadores no sindicalizados, por lo que al mismo tiempo acusaron a la Empresa de dirigir a los obreros que se oponían a su organización y que pertenecían a una organización sindical de filiación católica, denominada Unión Libre de Empleados y Operadores y que apenas un año antes se llamaba Sindicato de Empleados, Operadores y Obreros del Ramo de Teléfónos.

Finalmente declararon que la huelga se produjo porque la Empresa dejó pasar el tiempo con el fín de desorganizar a los trabajadores. También se informó que la Junta Federal de Conciliación no había intervenido en ese momento de forma oficial, por encontrarse en trámite el amparo interpuesto por la Ericsson.

Pese a lo complejo del problema, las partes en conflicto manifestaron estar dispuestas a aceptar el Laudo que emitiera la Junta Federal de Conciliación. El amparo solicitado por la empresa le fue negado por las autoridades y, por lo tanto, las pláticas debieron reanudarse el 29 de agosto en la Junta Fedceral. Importantes periódicos de la capital, como era el caso de El Universal, comentaban la probabilidad de que a la empresa no le interesara resolver el conflicto en vista de no sufrir pérdidas, ya que los suscriptores deberían pagar una cuota fija a pesar de estar suspendido el servicio. los huelguistas por su parte, pidieron el apoyo de los usuarios del servicio a través de un comunicado instándolos a que; “…protegiendo sus propios intereses y ayudando al mismo tiempo a la causa del trabajo organizado que lucha contra una Empresa extranjera, se decida a no pagar por un servicio del que no ha disfrutado y siente así un precedente importante para el futuro…”. Otro de los sectores que estaba siendo afectado por el conflicto, eran los comerciantes de la Ciudad de México, quienes a través de la Cámara Nacional de Comercio, manifestaron que intervendrían para que el conflicto encontrara pronta solución, ya que estaba provocando fuertes pérdidas económicas.

La intervención del Secretario de Industria, Comercio y Trabajo Doctor Manuel Puig Casauranc, pareció indicar que para el 30 de agosto el conflicto quedaría resuelto, ya que la Ericsson habia aceptado la puesta en vigor del proyecto de Contrato Colectivo.

Sin embargo, la huelga se complicó aún más, pues a pesar de que la Empresa solicitó a las autoridades del Trabajo hicieran del conocimiento a los trabajadores de su aceptación del Contrato para que las labores fueran reanudadas, la Junta no cumplió con lo solicitado, por lo que cuando la empresa concurrió nuevamente ante las autoridades, con sorpresa se enteró que el Sindicato había presentado un nuevo proyecto de Contrato Colectivo.

En este nuevo proyecto, los telefonistas exigían a la Empresa renunciar al derecho que le concedía la ley de interponer amparo contra las resoluciones de la Junta Federal de Conciliación, también solicitaban la facultad de intervenir en la administración de la Empresa.

Además, el nuevo documento establecía que las labores se reanudarían después de tres días de levantarse la huelga. La Empresa protestó y acusó a la Junta Federal de Conciliación se ser parcial en sus resoluciones.

Nuevamente intervino el Doctor Puig Casauranc, quién por medio de un delegado, ordenó a la Junta Federal la inmediata solución del conflicto, ya que la empresa había aceptado firmar el contrato colectivo, además, el dictamen invalidaba la renuncia de la Empresa al derecho de amparo que le concedía la ley. También se incluía un aumento a los salarios propuesto por la junta. Tales puntos deberían ser acatados por el Lic. Lombardo Toledano, quién a juicio de Excélsior, hacia maniobras para prolongar la huelga.

La forma en que se solucionó la huelga en la Empresa de Teléfonos Ericsson en agosto de 1928 no fue del todo satisfactoria, por lo que, al año siguiente, el problema afloró nuevamente, planteandose un intento de paro que finalmente fue conjurado.

En efecto, el desacuerdo entre los trabajadores y la Empresa telefónica dió principio el 20 de abril de 1929, cuando los telefonistas hicieron del conocimiento de la Ericsson de un pliego de peticiones donde se incluía el emplazamiento a huelga, dando un plazo de 10 días para su estallamiento. Los telefonistas exigían a la Empresa la solución de varios puntos pactados en agosto de 1928.

Las pláticas se iniciaron en la Junta Federal y, en la segunda reunión la Empresa en forma momentánea evitó la huelga. La Empresa Telefónica argumentó que el Contrato celebrado un año antes no tenía válidez ya que había sido impuesto a las partes en conflicto por las autoridades laborales. Los telefonistas lo habían aceptado -señalaba la Empresa- porque les proporcionaba una mejora económica, en tanto que ésta lo cumplió en vista de que no prosperó el amparo solicitado a la Suprema Corte.

Para resolver el conflicto, la Ericsson ppropuso la celebración de una Convención en donde se normalizaran sus relaciones con el Sindicato. Los telefonistas estuvieron de acuerdo con la argumentación presentada por la Empresa, sin embargo, estuvieron a punto de disolver la reunión porque denunciaron la presencia de un funcionario que presidía la reunión a quién acusaron de pertenecer a la CROM, lo cúal contravenía a sus intereses en la medida que ellos militaban -según dijeron- bajo la bandera del “comunismo anarquista”, es decir, a la CGT.

La Ericsson explicó los origenes del conflicto en varios puntos; en primer lugar, “La falta de seriedad del Sindicato”, al intentar arrastrarla a un conflicto “ficticio”; además, estableció una diferencia entre los obreros y los dirigentes del Sindicato, acusando a éstos últimos de estar poco capacitados para “eregirse en interpretes de la ciencia constitucional relativa a los principios que rigen las relaciones entre el capital y el trabajo”. En segundo lugar, , la ausencia de reglamentación del Artículo 123 constitucional que ocasionaba la “imposición” de la voluntad de loas “agitadores”, tan inclinados a impulsar la pugna sistemática. Finalmente aplaudió la actitud del sindicato por haber comprendido lo anterior, evitando con ésto la paralización de las actividades,

Los telefonistas por su parte, desmintieron y rechazaron los puntos de vista señalados por la Empresa. Informaron que si habían retirado el avizo de huelga, era para no afectar a los usuarios del servicio, ya que al estar desintegrada la Junta Federal de Conciliación, el conflicto podría prolongarse; en segundo término, desmintieron que la Empresa no hubiera firmado un Contrato Colectivo y, por último, reiteraron su decisión de ir a la huelga para obtener la solución del conflicto.

El 3 de julio se firmó un Convenio con la intervención del Departamento del Trabajo de la Secretaría de Industria , éste establecía que sí la Empresa lo violaba, renunciaba al dferecho de los 10 días que le concedía la ley para evitar la huelga.

El acuerdo no fue respetado por la Ericsson, y el Sindicato, en consecuencia, ledió un plazo de 72 horas para que rectificara, debiéndose realizar el paro para el 1o. de octubre. Los telefonistas se enteraron de que los derechos constitucionales eran irrenunciables, razón por la que se desistieron del movimiento para el día señalado y el 4 del mismo mes, emplazaron a huelga para el 14 de octubre.

El conflicto quedó solucionado la tarde del día 13 de octubre con la firma de un Contrato Colectivo de Trabajo. La Ericsson comunicó que el acuerdo era el mismo que el firmado el 28 de septiembre, Sin embargo, el convenio estuvo a punto de fracasar en virtud de que el acuerdo sólo fue aceptado por 3 de los 4 representantes sindicales, sin embargo, el problema fue superado, al entregarse al arbitraje en manos del Sr. Catarino D. López, Jefe del Departamento del Trabajo. Finalmente, el Sindicato dió cuenta de la terminación del conflicto sin ningúna explicación.