Entre los problemas más graves que tuvieron que afrontar los telefonistas al finalizar la década de los años cuarenta era el de la vivienda, y éstos se propusieron resolver este problema a través de la lucha sindical.
En efecto, muchos de los esfuerzos que el general Cárdenas había hecho se habían orientado a la reorganización de sector estatal con base en las organizaciones de masas y a la modernización del sector capitalista de la industria, que prometieron producir grandes cambios en la vida de muchos mexicanos.
Una demanda radical fue hacer que los patrones proporcionaran vivienda a los trabajadores. El impulso de esta propuesta fue hecha ante el Congreso el 19 de Diciembre de 1941, proponiendo un cambio en la sección 3 del artículo tercero de la Ley del Trabajo, que exigía a los patrones brindar “cómodas e higiénicas moradas” a sus trabajadores. Esta importante reforma estaba en la agenda, pues la ley concedía solo treinta días a los patrones para presentar un estudio en que se mostraba como planteaban aplicar esta disposición, ya que los trabajadores tenían el derecho a la reparación legal para obligar a los patrones a cumplir.
Pero la voluntad política era vital para llevar a cabo esta reforma, y el gobierno de Ávila Camacho instruyó a los tribunales “hacerse de la vista gorda” frente a la disposición de provisión de vivienda. Surgió en cambio un mecanismo para la negación de esta reforma, ya que los patrones podrían solicitar a los tribunales un amparo –orden con la cual los tribunales protegen al peticionario contra la acción del ejecutivo- para exentarlos del impacto de la ley.
Por esta razón, en el caso de la Empresa de Teléfonos Ericsson, los telefonistas solo lograron establecer hasta 1945, en la revisión del contrato colectivo de trabajo, en el artículo Transitorio 4º, la prestación de la ayuda para la construcción de casas. Retomando esta prestación, en la revisión del contrato colectivo de 1949, ahora con la recién formada empresa Teléfonos de México este beneficio quedo estipulado también en el artículo Transitorio 3º, donde “La Empresa se obliga a entregar al Sindicato la cantidad de $25,000,00 a que se refiere el artículo Transitorio del Contrato Colectivo de Trabajo celebrado el 12 de marzo de 1945, aumentada con $15,000,00 más, en el concepto de que el total o sea $40,000,00 será destinado por el Sindicato a la construcción de casas para trabajadores y será entregado por la Empresa en cuanto sea requerida para ello”.
En el caso de los telefonistas de la Compañía Telefónica y Telegráfica Mexicana, que apenas contaba con 1700 trabajadores a nivel nacional, el Sindicato Nacional de Telefonistas demando a la empresa durante la revisión del Contrato Colectivo de Trabajo de 1946, el establecimiento de la ayuda para la construcción de viviendas para los trabajadores, por lo que después de dos días de huelga la empresa quedo obligada en la clausula Cuarta a que “Con el objeto de que los trabajadores sindicalizados puedan adquirir terrenos urbanos para construir sus casas-habitaciones, la Compañía está de acuerdo en prestar su colaboración en los siguientes términos: a).- Si la Cooperativa oficial del Sindicato gestiona un préstamo para ese objeto de parte de un particular o de una institución bancaria, la Compañía garantizará dicho préstamo en los términos de esta clausula; b).- La garantía que la Compañía otorgue estará limitada por el importe de la compensación por antigüedad de los trabajadores miembros de la Cooperativa mencionada que deseen adquirir terrenos urbanos y construir sus casas, y dar la facultad otorgada a la misma Compañía para descontar de los salarios de dichos trabajadores las cantidades que tengan que cubrir al particular o a la institución bancaria que haga el préstamo; c).- El préstamo deberá ser hecho en forma colectiva por conducto de la Cooperativa y por ningún concepto por los trabajadores en forma individual; d).- Por lo que respecta a la parte alícuota que a cada trabajador corresponde, la garantía de la Compañía cesará cuando el trabajador se separe de la misma o fallezca; e).- En caso de que se presente alguna dificultad de carácter legal para el otorgamiento de la garantía o para la práctica de los descuentos, las partes se pondrán de acuerdo para superarla dentro de los términos de la Ley; f).- Si la compañía lo desea podrá designar una persona de su confianza para que, juntamente con los representantes de la Compañía y del particular o la institución bancaria que preste los fondos, supervise la correcta aplicación de éstos y el cumplimiento de las especificaciones de la construcción”.
De inmediato, el Sindicato Nacional de Telefonistas procedió a la formación de la Cooperativa que llevaría el nombre de SINATEL y nombrar a la Comisión que se encargaría de administrarla y, al mismo tiempo, iniciara las negociaciones con las autoridades del Departamento del Distrito Federal, para la adquisición de los terrenos donde quedaría instalada la colonia de los telefonistas.
Los terrenos de lo que más tarde sería conocida como la “Colonia SINATEL”, pertenecían a la Delegación Iztapalapa, por lo que quedo ubicada al sur de la ciudad de México, en el triangulo que formaban el Rio Churubusco (ahora Circuito Interior), el Canal de Miramontes (hoy avenida Plutarco Elías Calles) y la Avenida de Municipio Libre (Eje 7 Sur).
Con la adquisición de los terrenos, los telefonistas de la Telefónica Mexicana, se adhirieron a la Cooperativa, sin embargo, habrían de pasar algunos años para que pudieran realizar su sueño de tener una casa, principalmente por la escases de fondos y por las dificultades provocadas por el triunfo del Movimiento Restaurador de la Democracia Sindical, que en gran número habían pertenecido a la desaparecida Ericsson y, que habían sido derrotados por la corriente encabezada por Jorge Ayala Ramírez de la desaparecida Mexicana en las elecciones de 1952, y quien además se había reelecto por tres periodos más.
Para resolver este problema, el Comité Ejecutivo del STRM y que en su mayoría eran integrantes del Movimiento Restaurador, lograron que Teléfonos de México en la revisión del Contrato Colectivo de 1960 con una huelga de por medio, aceptara la obligación en la clausula 107 “a dar a cada uno de los trabajadores a su servicio, incluyendo eventuales y jubilados, la cantidad de $1.00 (un peso) diario, o sean $7.00 (siete pesos) semanarios o la cantidad proporcional cuando se trate de trabajadores que laboren menos de 5 días a la semana, como ayuda para renta de casa, la cual solo se considerará como salario para los efectos del párrafo final de la Clausula 110 de este Contrato”. Para 1962 la ayuda para renta aumento 2 pesos diarios, es decir, 14 pesos a la semana.
A la huelga de 1960 se sumo la de 1961, esta última por violaciones al Contrato Colectivo de Trabajo, pues el nuevo Comité Ejecutivo encabezado por Agustín Avecia se había propuesto que el contrato celebrado con la empresa Teléfonos de México fuera respetado cabalmente, por lo que los conflictos con dicha empresa se multiplicaron.
Entre las violaciones que reclamaba el sindicato estaba de devolución de 200.000 pesos que la empresa adeudaba a la Cooperativa de Consumo de Bienes y Servicios “SINATEL”, que estaba administrada por telefonistas de la desaparecida Telefónica Mexicana, quienes se encargarían de iniciar la división dentro del sindicato y, la posterior derrota del proyecto del MRDS en beneficio de la empresa y de los viejos telefonistas resentidos tras su derrota en 1959.
En un extenso desplegado periodístico publicado en Excélsior, Antonio Sánchez Torres (que llegaría a ser secretario general de la organización en 1966) actuando como Presidente de la Cooperativa, expuso ante todos los trabajadores telefonistas que “Con bastante sorpresa nos hemos enterado que el Comité Ejecutivo de nuestra organización, STRM, ha incluido en su pliego de peticiones con emplazamiento a huelga y como una de las violaciones al C.C. de T. cometidas por Teléfonos de México, S.A., que se haya entregado a la Cooperativa de Bienes y Servicios “Sinatel” que representamos, la suma de $200.000, como saldo que se nos adeudaba derivado del convenio del 31 de marzo de 1958, celebrado entre nuestro sindicato y la indicada empresa, con motivo de la revisión del C. de T. de esa época, obligación consignada expresamente en los siguientes términos.
‘La empresa se obliga, por una sola vez, a otorgar a la sección de Consumo de la Cooperativa Sinatel, la cantidad de $360.000.00’.
Como se desprende de la transcripción anterior, la obligación contraída por la empresa en ese Convenio, fue directa a favor de la Cooperativa y no creemos que esta pueda significar violación de ninguna especie y menos aún que el Comité Ejecutivo se oponga a este cumplimiento, por carecer de base legal y de fundamento moral alguno. En efecto, como es del conocimiento general de todos nuestros compañeros telefonistas, nuestra Cooperativa ha estado funcionando de acuerdo a las leyes respectivas que reglamentan estas instituciones y dentro de nuestro programa para el beneficio social de todos los telefonistas, durante las últimas fiestas decembrinas organizamos ventas de artículos necesarios que pusimos a disposición de todos los trabajadores sin distinción, para que fueran adquiridos a muy bajos precios y con descuentos muy razonables en los salarios, que de acuerdo con la ley, tratamos que se hicieran por conducto de la empresa Teléfonos de México S.A. actividad que beneficio a cerca de 1000 compañeros que resolvieron sus problemas de esta clase de compras en esa temporada que por su tradición requieren de mayores gastos, y tan es así, que recibimos el beneplácito y reconocimiento de todos nuestros compañeros.
Consideramos consecuentemente que nuestra labor ha sido constructiva y benéfica no solo para los cooperativistas sino para todos los trabajadores de la industria, de lo que concluimos que esto no puede dar origen a críticas de nuestro sindicato y menos aún de nuestro Comité Ejecutivo, ya que por definición debe de procurar el bien común, por lo que pensamos que por error o por falta de una concepción clara mencionaremos como violación el cumplimiento de una prestación conquistada por nuestro propio sindicato a favor de nuestra Cooperativa.
Sin conocer las razones que haya tenido nuestro Comité Ejecutivo para reclamar violaciones al Contrato Colectivo de Trabajo, manifestamos nuestra inconformidad para que se nos involucre en esta cuestión y con este pretexto limitar el patrimonio de la Cooperativa en perjuicio de todos los trabajadores que se han beneficiado y seguirán beneficiándose con la actividad cooperativa de nuestra institución.
Sobre este particular, queremos hacer del conocimiento de todos nuestros compañeros que con la suma que hemos recibido en pago justo de una obligación, estamos procediendo a dar por terminadas las obras de adaptación de nuestro edificio social ubicado en la colonia Sinatel y por otra parte, estamos ya en franca organización para poner en marcha nuestro plan de despensas familiares que consistirá en proporcionarnos a todos los trabajadores de la industria, sin distinción de grupos, artículos de primera necesidad a precios mucho menores que los del mercado y con entrega domiciliaria, para ser adquiridas en pagos equitativos en las cuatro semanas siguientes a la fecha del recibo de la despensa. Esta obra social que nos hemos impuesto, cuenta y seguirá contando seguramente con la simpatía y colaboración de todos nuestros compañeros, porque nuestro único propósito es lograr el abaratamiento de los artículos de subsistencia más indispensables para nuestras familias, en esta tarea continuaremos a pesar de todo y contra cualquiera opinión porque estamos seguros y convencidos que es la forma más efectiva para que la organización cooperativista responda a los intereses sociales de todos los trabajadores.
Para terminar, queremos informar a todos nuestros compañeros que por intervención directa del amigo de la clase obrera, el Sr. Pres. de la Rep, don Adolfo López Mateos, hemos logrado la promesa formal de que se resuelva la situación de los terrenos de la ampliación de nuestra colonia Sinatel, y se nos otorgue por conducto del Sr. Lic. don Ernesto P. Uruchurtu. La autorización respectiva, lo que permitirá resolver de una vez por todas, el angustioso problema que confrontamos de la habitación.
Compañeros del Comité; no es destruyendo lo construido como se defiende y unifica a los trabajadores. Es con alteza de miras y con actos positivos como se consolida la unidad combativa de la clase obrera”.
Cabe señalar que en el contrato colectivo de trabajo de 1958, no hay ninguna mención que establezca el préstamo que señala la presidencia de la Cooperativa que estaba administrada a parte de Sánchez Torres por, Juan Celis Trejo; Guillermo Zamudio Navarrete; Ramón Santiago Bautista; Manuel Moreno Hernández; Gustavo Jurado; Luis Gutiérrez Ayala; Rosendo Jiménez Vences y Armando Aceves.
A pocos meses de publicado este desplegado, y derrotado el Movimiento Restaurador con la destitución del secretario general del sindicato Arturo Velasco Valerdi y de todo el Comité Ejecutivo Nacional, Nacional de Vigilancia y las Comisiones, el nuevo dirigente impuesto por el gobierno Manuel Guzmán Reveles, anuncio que para resolver el “angustioso problema que confrontamos de la habitación”, después de 172 días de huelga, y como resultado de la revisión del Contrato Colectivo de 1962, la empresa aparte de otorgar el aumento de un peso diario para la ayuda de renta, acepto proporcionar “un aval hasta por diez millones de pesos, para la construcción de casas destinadas a nuestros agremiados”.
En una clara muestra de apoyo a la dirigencia impuesta por el gobierno, y con la aceptación de esta clausula, Teléfonos de México recuperaba su control sobre la dirección sindical, pues apoyada por la intervención del gobierno que decían, estaba representado por el “amigo de la clase obrera”, y haciendo uso de las necesidades de sus trabajadores, la empresa otorgo el aval para que la nueva dirección sindical se fortaleciera, quedando establecido en el artículo 7º. Transitorio la aceptación de la empresa, asunto que también tenía más diez años sin modificarse.
Guzmán Reveles señaló entonces que, “A consecuencia de que en la última revisión del contrato colectivo de trabajo obtuvimos que la empresa concediera un aval hasta por la suma de diez millones de pesos, para la construcción de casas destinadas a nuestros agremiados, tanto el Comité Ejecutivo Nacional como el Comité Nacional de Vigilancia, estudian la manera de poner ejecución lo más pronto posible esta prestación, que sin duda alguna, habrá de mejorar las condiciones de vida de nuestros compañeros. Oportunamente haremos la difusión adecuada de las condiciones que se establezcan para obtener el financiamiento requerido”.
Así también, los telefonistas con el aval de la empresa iniciaron en 1967 las gestiones para la adquisición de los terrenos para la construcción de sus casas, en lo que más tarde se conocería como “Fraccionamiento las Américas”, cuyo costo sería descontado del ahorro de cada uno de los adquirientes.
El 9 de junio de 1971 las gestiones realizadas por el Sindicato de Telefonistas para ampliar la Colonia Sinatel dieron frutos, al firmarse un convenio que comprometía a Teléfonos de México a otorgar su aval para la construcción de 800 casas a favor de otros tantos trabajadores, el secretario general del sindicato Salustio Salgado señalo “que la empresa, al firmar el convenio, hace posible que se cumpla un viejo anhelo de los trabajadores y a la vez demuestra las buenas relaciones que existen entre la empresa y el sindicato”.
Así, en cumplimiento del artículo 2º Transitorio del Contrato de 1970, permitió que los “trabajadores sindicalizados permanentes”, propietarios de terrenos en la Colonia Sinatel se vieran beneficiados con el préstamo concedido por la empresa. La forma de pago de este aval quedo estipulada en la clausula cuarta del convenio en el las partes estuvieron de acuerdo en “que el aval que en su caso se otorgue a cada solicitante, tendrá los limites propios del alcance de la prestación denominada ‘Pago por Antigüedad’ y de la posibilidad de cubrirse, a través del fondo de ahorro de tres años del trabajador”, quedando como responsable de las gestiones la Cooperativa de Bienes y Servicios Sinatel.
El aval para cada trabajador quedo determinado de la siguiente manera:
“Por lote tipo de 160.00 m2 a cada colono le correspondería pagar: $ 22.870.40.
Por lote tipo de 170.00 m2 a cada colono le correspondería pagar: $ 24.299.80.
Por lote tipo de 180.00 m2 a cada colono le correspondería pagar: $ 25.529.00.
Por lote tipo de 200.00 m2 a cada colono le correspondería pagar: $ 28.588.00”.
Esta ayuda continuo hasta 1974, cuando la empresa estuvo de acuerdo en otorgar un aval por 30 millones de pesos, que quedo plasmado en el artículo 2º Transitorio del Contrato Colectivo de este año, lo que permitió que el programa habitacional del sindicato continuara, por lo que al mismo tiempo los telefonistas obtuvieron sus casas en el Fraccionamiento “Las Américas” en Naucalpan Edo. De México, el Condominio en la calle de Sadi Carnot y en las Unidades Independencia, Tlatelolco, Santa Fe y San Juan de Aragón.