El Fondo de Ahorro de los telefonistas.

Entre las clausulas más importantes contenidas en nuestro Contrato Colectivo de Trabajo, es sin lugar a duda la que se refiere al Fondo de Ahorro. Esta cláusula establecida como consecuencia de la devolución de sus bienes, que habían estado requisados por el gobierno mexicano por diez años, a sus antiguos dueños, y a la compra de éstos por parte de la International Telephone and Telegraph propiedad de los hermanos Behn, el gobierno mexicano encabezado por Plutarco Elías Calles obligó a esta empresa a establecer un Contrato Colectivo de Trabajo, que en su momento y debido a las condiciones políticas y económicas que prevalecían en el país, estableció beneficios considerables para los trabajadores, por lo que en el primer Contrato Colectivo de Trabajo celebrado entre la Compañía Telefónica y Telegráfica Mexicana y el Sindicato Nacional de Telefonistas, afiliado al Sindicato Mexicano de Electricistas, lograron establecer en el Contrato celebrado en 1926, la cláusula sobre el Fondo de Ahorro.

Aunque no tenemos información sobre el contenido de esta cláusula, podemos darnos una idea de cuáles fueron sus características, ya que en el primer Contrato Colectivo de Trabajo celebrado entre la Empresa de Teléfonos Ericsson y el Sindicato de Obreros y Empleados de dicho empresa, y después de varios paros y huelgas, en 1929 los telefonistas de la Ericsson lograron establecer también en su Contrato Colectivo el artículo sobre el Fondo de Ahorro.

En efecto, después de cinco días de huelga, los telefonistas de la Empresa de Teléfonos Ericsson lograron que la empresa aceptara el establecimiento en su Contrato Colectivo de Trabajo el Capítulo V, referente a “Salarios, Ahorro, Participación de Utilidades y Jubilaciones” que en su artículo 35 la empresa sueca se obligó a establecer un sistema de ahorro en beneficio de sus trabajadores, por lo que la empresa telefónica descontaría del salario de los telefonistas el 5% sobre el salario pagado por la empresa, pagando por este descuento y como premio “para estimular el hábito del ahorro”, el 20% sobre la cantidad ahorrada durante un año.

El contenido de este artículo obligó a la Ericsson a “continuar llevando el sistema de ahorro que ha establecido a favor de sus trabajadores, y en esa virtud, estos podrán depositar [en forma voluntaria] el cinco por ciento de sus salarios devengados en la Caja de la Compañía, pagando la Empresa por este depósito, como premio para estimular el hábito de ahorrar, el veinte por ciento de la cantidad depositada durante un año…”, por lo que para “tener derecho a ser miembro de la Caja de Ahorros de la Empresa”, se necesitaba ser trabajador de planta de dicha empresa.

Pero el artículo 37 advertía de que “en el caso de surgir algún inconveniente para alguna de las partes, por ejemplo, si por disposiciones de la ley o las autoridades, la Empresa no pudiere seguir administrando los ahorros o hubiere algún otro inconveniente para los trabajadores, esta institución”, quedaría suprimida.

A pesar de esta advertencia, los telefonistas mexicanos luchaban cada dos años en la revisión del Contrato Colectivo de Trabajo por mejorar sus condiciones de vida y de trabajo, por lo que el artículo sobre sobre el Fondo de Ahorro adquiría una importancia central, por lo que en el caso de los telefonistas de la Compañía Telefónica y Telegráfica Mexicana, a pesar de haber llevado a cabo una huelga en 1935 por la revisión de su Contrato Colectivo, que no se había realizado desde 1926 y, a petición del Presidente de la República General Lázaro Cárdenas, el sindicato acepto no modificar importantes cláusulas de su Contrato, con la promesa de que en la revisión de éste en 1937 podrían obtener mejores prestaciones, como fue el caso del establecimiento de la semana laboral de 40 horas, entre otras.

Así, la Compañía Telefónica y Telegráfica Mexicana y el Sindicato Nacional de Telefonistas estuvieron de acuerdo en establecer en el Contrato Colectivo de Trabajo el Capítulo XIII, cláusula 77 en el inciso a) que “la empresa descontara el 6% del salario semanal de los trabajadores permanentes…[…]. b) la Empresa reintegrara el 15 de diciembre de cada año a los trabajadores, la cantidad total deducida hasta el último pago de Noviembre de cada año más un 20% sobre el total de ambas sumas”.

En este mismo año, los telefonistas de la Ericsson, no sin dificultad, lograron modificar en el Capítulo décimo quinto, el artículo 43 y constituir un descuento para el ahorro equivalente al 6% del sueldo de que “disfrutaba” cualquier trabajador, por lo que “A partir del primero de Enero de cada año, se descontara de los sueldos una cantidad igual al seis por ciento de los mismos, y al terminar el año de calendario, reintegrara al mismo personal, en el mes de diciembre, dicho seis por ciento descontado más una cantidad igual, más un veinte por ciento sobre la cantidad total descontada o ahorrada por el trabajador”.

El artículo 44, aclaraba que el personal que ingresara, por ejemplo, entre el primero de enero y el treinta de marzo, el descuento se haría efectivo a partir del primero de abril y así sucesivamente. Y aclaraba que en el caso, de que el personal obtuviera un incremento en su sueldo, podría aumentar el porcentaje del ahorro en proporción al aumento de sueldo que haya recibido “para que el seis por ciento que ahorra corresponda al nuevo sueldo que perciba”.

Producto de la lucha sindical, los telefonistas de la Ericsson lograron en la revisión de su Contrato de 1939 que en el Capítulo Décimo Quinto, artículo 42 que “Todo el personal de planta al servicio de la Empresa tendría derecho a constituir en la misma un ahorro como el establecido actualmente a razón del 6% sobre el salario, aportando la Empresa un porcentaje igual por concepto de participación de utilidades más el 20% sobre la cantidad ahorrada por cada trabajador, prestaciones que continuaran sobre las mismas bases, pero aumentándose hasta el 8%, y aumentando en la misma proporción la cantidad que la Empresa paga por concepto de participación de utilidades, así como bonificando el 30% sobre la cantidad ahorrada”, es decir que la Empresa aceptó descontar el 8% del salario de los trabajadores para formar el Fondo de Ahorro y otorgarles un premio de 30% sobre la cantidad ahorrada.

Pero en 1941, otra vez en la revisión del Contrato Colectivo, los telefonistas de la Ericsson, lograron modificar la cláusula sobre el Fondo de Ahorro, ya que en el artículo 68 quedo establecido que “Todo el personal de planta al servicio de la Empresa tendrá derecho a constituir en la misma un ahorro equivalente al 8% sobre el sueldo de que disfrute, que se descontara del mismo al hacerse efectivo, y al termino del año, la Empresa reintegrara al mismo personal, en el mismo mes de diciembre, dicho 8% descontado más una cantidad igual, más un 40% sobre la cantidad descontada al sueldo del trabajador”.

Esta prestación se mantuvo sin modificación en la Ericsson hasta 1949, cuando la nueva empresa Teléfonos de México, producto de la desaparición de la Empresa de Teléfonos Ericsson, tuvo que revisar el Contrato Colectivo de Trabajo con sus trabajadores, por lo que el artículo sobre el Fondo de Ahorro no sufrió cambios significativos, ya que Teléfonos de México estuvo de acuerdo en seguir descontando el 8% de los salarios de los trabajadores, más una cantidad igual, otorgando como premio el 45% sobre la cantidad ahorrada, pero para los trabadores de planta que fueran de nuevo ingreso, el descuento se realizaría a partir de la fecha de su incorporación.

En el caso de los telefonistas de la Telefónica Mexicana que luchaban también en cada revisión de Contrato por mejorar sus condiciones de vida y de trabajo, lograron después de varias huelgas, modificar en 1947 la cláusula sobre el Fondo de Ahorro, cuando el Contrato Colectivo fue revisado en forma anticipada a solicitud de la Compañía norteamericana, que se preparaba para la ya inevitable fusión con Teléfonos de México, por lo que la empresa se comprometió en el Capítulo V a descontar de los salarios el 10% y otorgar como premio sobre la cantidad ahorrada el 120%, entre otras prestaciones.

Ya unificados los dos sindicatos, el Nacional de Telefonistas y el de Teléfonos de México (antes Ericsson) y las dos empresas, la nueva compañía Teléfonos de México entro en operación en mayo de 1950, por lo que de inmediato los telefonistas mexicanos organizados también en un nuevo sindicato, el Sindicato de Telefonistas de la República Mexicana, exigieron a la empresa, la creación de un nuevo Contrato Colectivo de Trabajo, sin embargo, después de arduas negociaciones, trabajadores y patrones estuvieron de acuerdo en que el nuevo Contrato estuviera integrado por las “mejores” prestaciones de los contratos de las dos empresas.

Así, ahora todos los integrantes del Sindicato de Telefonistas de la R.M. serían beneficiados con la prestación del Fondo de Ahorro en iguales circunstancias, quedando establecida en el Capítulo XIX, cláusula 118 del Contrato de 1950, las mismas condiciones que las estipuladas en el contrato de 1949 celebrado entre la Telefónica Mexicana y el Sindicato Nacional de Telefonistas, es decir, descuento del 10% en los salarios y 120% como premio.

En la revisión contractual de 1952 la cláusula sobre el Fondo de Ahorro fue modificada, obteniendo los telefonistas, tomando como base el descuento del 10% en los salarios, un premio de 145% por ahorrar, que sería entregado a los trabajadores antes del 20 de diciembre, anteriormente se entregaba antes del día 15.

En la revisión del Contrato Colectivo de Trabajo en 1956, el premio sobre el 10% ahorrado quedo establecido en 155% y, en el de 1958 fue de 162.5%.

Con el triunfo del Movimiento Restaurador de la Democracia Sindical en 1959, el Contrato Colectivo de Trabajo sufrió nuevas modificaciones, entre ellas la cláusula sobre el Fondo de Ahorro, por lo que en la revisión del Contrato en 1960, después de una huelga y con la empresa requisada, los telefonistas obligaron a la empresa a establecer en el Capítulo XX, sobre el Fondo de Ahorro en el inciso b) de la cláusula 121, que el premio sobre el Fondo de Ahorro sería del 170% y, en 1962 producto de una huelga el premio fue de 177%.

Es decir, que después de la huelga que duro 172 días, con la empresa en manos del gobierno y, el Comité Ejecutivo Nacional destituido, el nuevo Comité encabezado por Manuel Guzmán Reveles, que había sido reconocido por las autoridades laborales como triunfador del proceso electoral, sería el encargado de firmar el Contrato Colectivo, hecho que provoco la derrota del Movimiento Restaurador de la Democracia Sindical, se encontró con que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público había amenazado a los telefonistas con descontar el Impuesto Sobre la Renta, conocido como la Cédula IV, al premio sobre el Fondo de Ahorro, amenaza que cumplió en diciembre cuando fue entregado el Fondo de Ahorro

Presionado por los trabajadores, principalmente por las operadoras de larga distancia, esta situación obligó al nuevo Comité a entablar negociaciones el 3 de octubre de 1962 con las autoridades hacendarias, apoyado por el Secretario del Trabajo Salomón Gonzáles Blanco, con la intención de que se desistiera de descontar el impuesto a esta prestación.

Después de varios meses de negociaciones con el Director General del Impuesto Sobre la Renta, el Secretario General del Sindicato de Telefonistas Manuel Guzmán Reveles, informó a través de la Circular número 20, con fecha del 6 de mayo de 1963, que la Secretaría de Hacienda había aceptado otorgar la exención fiscal por el premio al ahorro, estando de acuerdo dicha Secretaria “en que las aportaciones a fondos de ahorro repartibles periódicamente no causaran impuesto sobre la renta en dicha Cédula IV”.

En la Asamblea General celebrada el 25 de abril de 1963, Guzmán Reveles informó que las gestiones iniciadas el 3 de octubre de 1962 ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público para que no se descontara el Impuesto Sobre la Renta  al Fondo de Ahorro, habían concluido el 29 de marzo de 1963, señalando que “no se descontara impuesto alguno sobre las aportaciones al Fondo de Ahorro que anualmente entrega la Empresa como prestación contractual”, por lo que de inmediato se procedió a informar a Teléfonos de México de esta resolución.

En el número 7, de agosto de 1963 de la Revista 1º de Agosto, órgano oficial del STRM, Guzmán Reveles expuso en forma amplia el proceso que se llevó a cabo para evitar la aplicación del impuesto al Fondo de Ahorro, al señalar que “El Comité Ejecutivo Nacional y el Comité Nacional de Vigilancia pendientes de todo aquello que de manera directa o indirecta afectan nuestro gremio, se encontró con que la aportación que por disposición contractual viene haciendo Teléfonos de México en la proporción del 177% sobre el 10% del salario que constituye el fondo de ahorro de todos nosotros, se venía gravando por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por la Ley sobre el Impuesto Sobre la Renta en su Cédula IV; con tal motivo, la Representación Nacional con fecha 3 de octubre de 1962, se dirigió al C. Director General sobre el Impuesto Sobre la Renta de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, manifestándole que la constitución del fondo de ahorro tenía como espíritu de una mejor administración doméstica por parte de nuestros compañeros, en beneficio de sus familias y el cual era estimulado por la bonificación que por disposición contractual hace Teléfonos de México, por lo cual estábamos justo y socialmente aconsejable que el monto de dicha bonificación no fuera gravado por el Impuesto de la Cédula IV para de esta manera hacer más atractiva esta modalidad de nuestra relación contractual que vuelvo a repetir tiene una orientación de indiscutibles repercusiones benéficas en el hogar de los telefonistas. Sobre el particular hicimos valer también el hecho de que situaciones semejantes se habían resuelto favorablemente, evidenciando con ello la preocupación de nuestro Gobierno por fortalecer el presente y el futuro de la familia dependiente de los trabajadores mexicanos.

Después de diversas entrevistas con el Director del Impuesto Sobre la Renta de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, en las cuales abundamos con valederas razones que fundaban nuestra pretensión; por oficio del 29 de marzo del año en curso C. Licenciado Roberto Hoyo en su carácter de Director General del Impuesto Sobre la Renta, Departamento Administrativo del Impuesto nos comunicó, que se concedía exención fiscal para que no causara el Impuesto de la Cédula IV la aportación del 177 por ciento que Teléfonos de México otorga sobre el monto de las cantidades ahorradas por todos y cada uno de los trabajadores telefonistas, lo cual se hizo de conocimiento por nuestra parte desde luego a la Empresa Teléfonos de México para que ésta procediera en consecuencia.

Estimo compañeros Delegados –decía Guzmán Reveles- que el acuerdo que hemos obtenido y del cual informo en el apartado anterior, viene a enriquecer el salario real de nuestros compañeros logrando así más en nuestra tarea de mejorar nuestras condiciones económicas y sociales”, terminó diciendo Guzmán Reveles.

Superado este conflicto, empresa y sindicato se propusieron mantener una relación solidaria con la intención de que el desarrollo de Teléfonos de México se realizara en forma eficiente y satisfactoria, sobre todo porque se estaba produciendo un cambio tecnológico que afectaría a un gran número de trabajadores, por lo que  las siguientes revisiones contractuales se desarrollaron sin conflicto alguno, logrando los trabajadores telefonistas que el premio sobre el ahorro continuara elevándose cada dos años, así, en la revisión de 1966 se aumentó el premio  al 180%, en 1970 al 184%, en 1972 al 188%, en 1974 al 200% y, en 1976 el sindicato encabezado por Salustio Salgado Guzmán, quien sería destituido de la Secretaria General del STRM después de la revisión contractual de este mismo año, los telefonistas alcanzaron el 205% como premio por la cantidad que cada uno de ellos ahorra.

2 comentarios sobre “El Fondo de Ahorro de los telefonistas.”

  1. Hola José, Estimado Compañero:
    Agradezco esta información y el interés por darnos el conocimiento histórico que vivió nuestro gremio a través de la lucha sindical, para gozar de buenas prestaciones económicas hoy en día.
    Saludos …

  2. Excelente aportación compañero y amigo Horacio, ojala y el gobierno reconozca el esfuerzo que cada día hacemos los telefonistas, colaborando solidariamente con nuestra empresa para juntos progresar ante todo reto impuesto por los cambios ante el desarrollo tecnológico, así como ante los cambios que se han venido repentinamente en el rubro laboral.
    Saludos cordiales

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